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Programa

CURSO                      :        Seguimiento de Obra
SIGLA                      :        CCL0100
CRÉDITOS                   :        0
REQUISITOS                 :        CCL1040 y 70 creditos aprobados
CLASES TEORICAS            :
CLASES EJERCICIO           :


I.     DESCRIPCION

       Consiste en la constatacion en terreno del progresivo avance de una obra en construccion. Al
       finalizar la practica el alumno debera entregar un informe detallado, siguiendo para ello la pauta
       que indique el profesor encargado de practicas. El alumno debe ademas informar y describir
       semanalmente su asistencia a la obra mediante una Cartilla de Asistencia.


II.    OBJETIVOS

         1.       Complementar la ense?anza impartida en la Escuela mediante una practica en terreno, a
                  objeto de que los alumnos se familiaricen con:

?    Las faenas de construccion; materiales, procedimientos, tecnologias, etc.
?    El ambiente en que desempe?aran sus labores profesionales.
?    Los grupos humanos (recursos humanos) con que trabajaran.
?    Las modalidades programaticas, administrativas, juridicas, etc., propias de estas labores.

         2.       Incentivar la vocacion profesional.

         3.       Presentar a los alumnos en las distintas empresas e instituciones, como futuros
                  profesionales integrantes de las mismas.


III.     CONTENIDO

         A.       NORMATIVA DE PRACTICAS DE ALUMNOS

                  Normas Generales

Art. 1?    Se entiende por practica de alumnos, las que estos realizan para dar cumplimiento a las
           exigencias curriculares previas al egreso de la carrera de Construccion Civil.

Art. 2?    Se entiende por alumno en practica al alumno que, para dar cumplimiento al requisito anterior,
           se ha inscrito debidamente como tal en la forma aceptada por la Escuela.

Art. 3?    Para coordinar, definir procedimientos, evaluar, aprobar o rechazar las practicas, la Escuela
           designa a un profesor encargado de practicas. Con el debe el interesado formalizar toda su
           actividad como alumno en practica.


                  De las Categorias de Practicas de Alumnos y sus Requisitos

Art. 4?    Existen practicas consecutivas en el siguiente orden, a saber:
           a)     Practica de "Seguimiento de Obra"
           b)     Practica de "Permanencia".

Art. 5?    El alumno que desee realizar practica extracurricular podra solicitar del profesor encargado de
           practicas una carta de presentacion a la empresa que lo acoja; sin embargo, esas practicas
           extracurriculares solo podra invocarlas el alumno para ser consideradas como parte del
           requisito, mediante solicitud ante la Comision Asesora en Asuntos Estudiantiles y previo
           informe favorable del profesor encargado de practicas.

Art. 6?  Se consideraran requisitos para la practica de "Seguimiento de Obra", lo siguiente:
         -      El curso Obras de Construccion (CCL1040)
         -      70 creditos aprobados

Art. 7?  Se consideraran requisitos para la practica de "Permanencia", los siguientes:
         -      El curso Edificacion II (CCL3020)
         -      Practica de "Seguimiento de Obra"(CCL0100)

Art. 8?  Se considera requisito, ademas de la aceptacion por el profesor encargado de practicas, la
         inscripcion respectiva con la documentacion correspondiente. Al efecto y si lo estima
         necesario, el profesor encargado de practica citara al alumno para definir la modalidad
         particular de cumplir la exigencia de la practica, atendiendo a las caracteristicas especificas del
         proyecto en que el alumno en practica deba insertarse.

                De la Obtencion de Practicas

Art. 9?  Sera responsabilidad exclusiva del alumno la obtencion de practica en una empresa del rubro
         de la construccion.

Art. 10? Sera atribucion del profesor encargado de practicas aceptar, rechazar o proponer alternativas a
         la practica propuesta por el alumno.

Art. 11? Toda practica debera ser formalizada por a lo menos la siguiente documentacion:
         a)     Convenio Empresa-Escuela
         b)     Carta aceptacion Empresa
         c)     Declaracion Jurada simple del alumno
         d)     Inscripcion en Registros Academicos de la practica correspondiente

                En el caso de la practica "Seguimiento de Obra", por tener esta una duracion mayor a un
                semestre, debera inscribirse en aquel semestre en que finalice la misma.

                Del Desarrollo de la Practica de Seguimiento de Obra

Art. 12? El alumno, una vez inscrita y aceptada su practica, estara en condiciones de dar inicio a esta.

Art. 13? El desarrollo de la practica debe consistir en constatar en terreno, el progresivo avance de una
         obra de construccion, destinando 4 horas semanales de asistencia a la faena por un periodo -en
         ningun caso- inferior a 6 meses. El profesor encargado de practicas debera prever que este
         seguimiento se realice cubriendo una etapa relevante de ella.

Art. 14? El alumno debera solicitar en Secretaria de Departamentos, una Cartilla de Asistencia en copia
         simple, por cada visita a la faena. La Secretaria de Departamentos entregara la cartilla
         siguiente, previa devolucion de la anterior por parte del alumno, debidamente firmada y
         completada con los datos que en ella se solicitan.
         Esta cartilla servira para identificar cada dia de la practica, su hora de ingreso y salida, la que
         debera ser certificada con la firma del administrativo de la faena, con tarjeta de control de
         asistencia, o por el Director de la obra.

         En cada dia de practica, el alumno consignara:
                -        El estado general de avance de la obra
                -        La faena en desarrollo observada
                -        El proceso constructivo aplicado
                -        Los materiales y equipos empleados
                -        El personal involucrado y sus rendimientos
                -        Comentarios

         Debera tambien consignar las medidas de seguridad presentes y las perdidas de material y de
         tiempo del personal por efecto de la modalidad de trabajo.

         El alumno debera entregar en la Secretaria de Departamentos, la correspondiente Cartilla de
         Asistencia, dentro de los siete dias siguientes a cada visita a terreno. El no cumplimiento de
         estas disposiciones invalidara la practica.

Art. 15? Al finalizar la correspondiente practica, el alumno debera entregar un informe detallado con
         sus observaciones, siguiendo para ello la pauta que indique el profesor encargado de practicas.
         Este informe podra ser aprobado o rechazado; en este ultimo caso el alumno debera corregirlo.
         Dicho informe debera ser presentado correctamente, de acuerdo a la normativa de la Escuela
         para la confeccion y entrega de informes.
         Debera incluir ademas, una Pauta de Evaluacion de Practica para Seguimiento de Obra. Esta
         pauta debe ser solicitada en Secretaria de Departamentos, debiendo ser completada y firmada
         por el administrativo de faena o Director de Obra responsable del alumno.

Art. 16? En los siguientes casos, el alumno debera repetir su practica:
         a)     Cuando a juicio del profesor encargado de practic as, la experiencia adquirida por el
                alumno sea insuficiente o inadecuada.
         b)     Cuando la empresa en que realice la practica, la interrumpa por cualquier causal.
         c)     Cuando el alumno no concurra regularmente en el regimen pactado de horarios a su
                lugar de practica.
         d)     Cuando el alumno no cumpla con la presentacion de los informes indicado en el art.14.
         e)     Si la correccion de un informe final no revela, a juicio del profesor encargado de
                practicas, un provecho adecuado del periodo en terreno por parte del alumno.

                De la Practica de Permanencia

Art. 17? La practica podra realizarla en oficina o en terreno, pero en una actividad de nivel profesional
         que ponga en juego su formacion como Constructor Civil en las areas de: proyectos, asesorias,
         administracion, control o ejecucion de obras.

         Esta practica se desarrollara a tiempo completo con el alumno integrado en la plantilla de
         personal de una empresa, cumpliendo el horario de trabajo y las ordenes que imparta la
         jerarquia que corresponda, definida por la empresa.

Art. 18? La practica debera ser inscrita por la formalidad curricular correspondiente, mas la
         documentacion y procedimiento que fije el profesor encargado de practicas, para convenir con
         la empresa y el alumno la actividad a realizar por este ultimo.

Art. 19? La duracion de la practica sera de seis semanas.

Art. 20? El alumno presentara un informe detallado de su experiencia, segun pauta acordada con el
         profesor encargado de practicas, quien podra ademas supervisarla a voluntad.
         Dicho informe debera ser presentado correctamente, de acuerdo a la normativa de la Escuela
         para la confeccion y entrega de informes.
         Debera incluir ademas, una Pauta de Evaluacion de Practica para Permanencia en Obra. Esta
         pauta debe ser solicitada en Secretaria de Departamentos, debiendo ser completada y firmada
         por el administrativo de faena, Director de Obra o profesional responsable del alumno.

Art. 21? El informe y comportamiento del alumno sera evaluado por el profesor encargado de practicas,
         atendiendo al cumplimiento del alumno y al criterio profesional que este evidencie durante su
         practica y en el contenido del informe, pudiendo el profesor solicitar las complementaciones
         que estime conveniente. La calificacion final sera de aceptacion o rechazo.

Art. 22? En caso de rechazo de la practica, el alumno debera repetirla en la misma u otra empresa o
         proyecto por un periodo igual al anterior y en similares condiciones.

                De los Plazos de Evaluacion y Situaciones Especiales

Art. 23? Una vez concluido el periodo de practica, el alumno dispondra de un plazo maximo de 30 dias
         para hacer entrega al profesor encargado de practicas, del informe final correspondiente; el no
         cumplimiento de dicho plazo por parte del alumno significara la reprobacion de la practica.

         El profesor encargado de practicas, dispondra de 30 dias para comunicar al alumno su
         calificacion final; transcurrido dicho plazo, si el alumno no hubiese sido informado de la
         calificacion, se entendera que la practica ha sido aprobada.

Art. 24? Los casos especiales y s ituaciones no previstas en la presente normativa, seran resueltas por la
         Direccion de la Escuela.